Requisitos y Documentación Necesaria para el Cargo de Guardia de Seguridad

  1. Solicitud del Empleador:

    • Debe incluir el Manual Operativo en Materias de Seguridad Privada, especificando la razón social de la empresa, RUT, dirección comercial, comuna, ciudad, correo electrónico y teléfono comercial. Esto aplica tanto para la formación inicial como para el perfeccionamiento.
  2. Mayoría de Edad:

    • (Según Art. Quinto N° 1 del Reglamento D/S. 867 y el Manual Operativo en Materias de Seguridad Privada). Demostrar mediante una fotocopia legible de la cédula de identidad vigente por ambos lados.
    • Para extranjeros: La cédula de identidad emitida por el Servicio del Registro Civil e Identificación de Chile debe indicar la permanencia definitiva, conforme al Decreto Ley N° 1.094 de 1975 y su reglamento. Aplica tanto para formación como perfeccionamiento.
  3. Condiciones Físicas y Psíquicas Adecuadas:

    • (Según Art. Quinto N° 2 del Reglamento D/S 867 y el Manual Operativo en Materias de Seguridad Privada). Presentar un Certificado Médico de un Médico Cirujano registrado en el Registro Nacional de Prestadores individuales de salud, indicando claramente el nombre completo y RUT del médico.
    • Para condiciones psíquicas, se requiere un Certificado Médico de un Psiquiatra o Psicólogo registrado, detallando el control de impulsos. Las entidades empleadoras deben realizar anualmente, a su costo, exámenes médicos físicos y psicológicos a su personal. Esto aplica para formación y perfeccionamiento, con actualización anual.
  4. Antecedentes Académicos:

    • (Según Art. Quinto N° 3 del Reglamento D/S 867 y Decreto Exento N° 32 que modifica Decreto Exento 261). Presentar Certificado o Licencia de Educación Media o equivalente. Este requisito es necesario solo para la primera acreditación. Las empresas deben presentar una fotocopia legalizada del certificado.
    • Para extranjeros: Certificado de estudios legalizado por las autoridades competentes del país donde se realizaron los estudios, el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Embajada o Consulado de Chile. El documento debe estar apostillado según la Convención de La Haya del 05 de octubre de 1961. Aplica para formación y perfeccionamiento.
  5. Certificado de Antecedentes para Fines Especiales:

    • (Según Art. Quinto N° 4 y 5 del Reglamento D/S. 867 y el Manual Operativo en Materias de Seguridad Privada). Presentar un certificado del Servicio del Registro Civil e Identificación de Chile, con una vigencia no superior a 30 días, para demostrar idoneidad cívica. Debe actualizarse anualmente. Aplica tanto para formación como perfeccionamiento.
  6. Declaración Jurada Simple:

    • (Según Art. Quinto N° 6 del Reglamento D/S. 867 y el Manual Operativo en Materias de Seguridad Privada). Declarar no estar formalizado por conductas punibles según el Decreto N° 400, Ley N° 20.000, Ley N° 18.314, Ley N° 19.913, Decreto Supremo N° 890, Ley N° 20.066, entre otras. Esto aplica tanto para formación como perfeccionamiento y debe actualizarse anualmente.
  7. Declaración Jurada de No Haber Sido Expulsado de FF.AA. o Similar:

    • (Según Art. Quinto N° 7 del Reglamento D/S 867, Manual Operativo en Materias de Seguridad Privada y Decreto Exento N° 32 que modifica Decreto Exento N° 261). Para personas que hayan pertenecido a las FF.AA., de Orden y Seguridad Pública y Gendarmería de Chile, deben presentar una declaración jurada simple. Para extranjeros, un certificado de la respectiva institución del país de origen, legalizado. Aplica tanto para formación como perfeccionamiento.
  8. Certificado de No Ejercicio de Funciones de Control o Fiscalización en FF.AA.:

    • (Según Art. Quinto N° 8 del Reglamento D/S 867, D° Exento N° 261 y D° Exento N° 32). Presentar un certificado que demuestre no haber ejercido funciones de control o fiscalización de entidades de seguridad en los últimos seis meses. Aplica tanto para formación como perfeccionamiento y debe actualizarse anualmente.
  9. Certificado del Delegado Presidencial Regional o Provincial:

    • (Según Decreto Exento N° 261 Manual Operativo en Materias de Seguridad Privada y Decreto Exento N° 32). Certificado de no haber sido sancionado conforme a la Ley N° 19.327 de derechos y deberes en espectáculos de fútbol profesional. Aplica tanto para formación como perfeccionamiento.
  10. Dominio del Idioma Castellano:

    • (Según Art. Quinto N° 11 del Reglamento del D/S 867). Demostrable a través de expresión oral y escrita para extranjeros.
  11. Certificado de Antecedentes Comerciales:

    • (Según Art. 5to. Bis, letra b) D/L. 3.607 y el Manual Operativo en Materias de Seguridad Privada). Presentar un certificado de antecedentes comerciales con código verificador, vigente no más de 30 días. Aplica tanto para formación como perfeccionamiento.
  12. Curriculum Vitae:

    • (Según Art. 5° letra b) D/L. 3.607 y el Manual Operativo en Materias de Seguridad Privada). Presentar el CV al solicitar contratación o inscripción en cursos de formación y/o perfeccionamiento.
  13. Contrato de Trabajo:

    • (Según el Manual Operativo en Materias de Seguridad Privada). Presentar el contrato firmado por el empleador y el trabajador.
  14. Seguro de Vida:

    • (Según Art. 13, inciso primero D/S 93). Presentar copia del seguro de vida suscrito por el empleador a favor del trabajador. Debe indicar expresamente “SEGURO DE VIDA” y detallar las coberturas. Aplica tanto para formación como perfeccionamiento.

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